8. Productividad académica.

De igual manera, al tratarse de una propuesta de programa de nueva creación, que se pretende que inicie en agosto de 2021, no existe a la fecha productividad académica derivada del posgrado.

Sin embargo, la productividad académica del programa se pretende enfocar al impulso de investigaciones de los profesores que forman el Núcleo Académico Básico y que en sus respectivas academias de licenciatura a las que pertenecen en la Universidad, han realizado trabajos relacionados con las materias de las currículas de las carreras donde imparten sus clases; la mayoría de ellas realizadas de manera colectiva y con la participación de los estudiantes en respuesta a las Líneas de Investigación de los Cuerpos Académicos a los que pertenecen; trabajos que al final se podrán enumerar.

En el caso particular del posgrado en Economía Social y Solidaria, se pretende que las investigaciones y publicaciones puedan contribuir de igual manera con textos que de manera más accesible y fácil puedan apoyar a los maestrantes en sus necesidades de consulta directa; lo mismo que la productividad académica de lo docentes sirva de espacio de participación de los maestrantes para estimular la forma de dar a conocer los avances de los trabajos que en la línea de investigación y en el/los campos temáticos elegidos por ellos estén realizando, contando con el auxilio de los docentes que aborden dichos temas.

Lo anterior en apego a lo que se establece en la Ley de Economía Social y Solidaria del gobierno mexicano, que reglamenta al artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo referente al Sector Social de la Economía y que en el Título II: referente a la estructura del sector social de la economía, Capítulo I: sobre el Instituto Nacional de Economía Social y Solidaria, Art. 13: que textualmente dice: Se crea el Instituto Nacional de la Economía Social como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, el cual contará con autonomía técnica, operativa y de gestión. Siguiendo con: El Instituto tiene como objeto instrumentar, como parte de la Política Nacional de Desarrollo Social, las políticas públicas de fomento y desarrollo del sector social de la economía, a fin de fortalecer y consolidar al Sector como uno de los pilares de desarrollo económico y social del país, a través de la participación, capacitación, investigación, difusión y apoyo a proyectos productivos del Sector. En el Artículo 14 relativo a: El Instituto tendrá como funciones las siguientes; Fracción VIII que establece: Llevar a cabo estudios, investigaciones y la sistematización de información que permitan el conocimiento de la realidad de los Organismos del Sector y de su entorno, para el mejor cumplimiento de su objeto; en el Artículo 24, donde dice que: El Consejo tendrá las funciones siguientes: Fracción IV. Proponer la realización de estudios e investigaciones en la materia y, en el Artículo 34, que se refiere a que: Los Organismos de Representación ejercerán en pleno derecho la representación y defensa de los derechos y los intereses de sus Asociados y la rama de la actividad económica en la que actúan, así como de los beneficios y preferencias que les concede ésta y las demás leyes específicas a los Organismo del Sector confirma que se podrán prestar u obtener en común servicios profesionales y técnicos de asesoría, apoyo financiero, asistencia técnica, educación, capacitación e investigación científica y tecnológica. Aspectos que resultan ser de mucha relevancia para poderse considerar parte sustancial a lo largo del proceso de formación de los futuros profesionales preparados para brindarle atención a los Organismos del Sector Social de la Economía.

Lo anterior tomando en consideración que “El Estado garantizará el ejercicio de los derechos educativos, culturales y lingüísticos a todas las personas, pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas y, asistirá al conocimiento, aprendizaje, reconocimiento, valoración, preservación y desarrollo tanto de la tradición oral y escrita en las lenguas indígenas nacionales como medios de comunicación, de enseñanza, objeto y fuente de conocimiento”.

Por un Chiapas Igualitario y Plural